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POLICÍA LOCAL

Información:

    POLICÍA LOCAL

    Descripción:

    Artículo 53.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridada) Proteger a las autoridades de las Corporaciones Locales y vigilancia o custodia de sus edificios o instalaciones.

    b) Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en las normas de circulación.

    c) Instruir atestado por accidentes de circulación dentro del casco urbano.d) Policía Administrativa, en lo relativo a las Ordenanzas, Bandos y demás disposiciones municipales dentro del ámbito de su competencia.

    e) Participar en las funciones de Policía Judicial, en la forma establecida en el artículo 29.2 de esta Ley.

    f) La prestación de auxilio, en los casos de accidente, catástrofe o calamidad pública, participando, en la forma prevista en las leyes, en la ejecución de los planes de Protección Civil.

    g) Efectuar diligencias de prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar la comisión de actos delicitivos en el marco de colaboración establecido en las Juntas de Seguridad.

    h) Vigilar los espacios públicos y colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y con la Policía de las Comunidades Autónomas en la protección de las manifestaciones y el mantenimiento del orden en grandes concentraciones humanas, cuando sean requeridos para ello.

    i) Cooperar en la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello.

     

    Servicio de Objetos Perdidos

    Educación Vial

     

    TELéFONOS DE CONTACTO CON POLICíA LOCAL (Con grabación de llamadas)

    Por Resolución de 05/05/2004 del Director de la Agencia Española de Protección de Datos acordó proceder a la inscripción del fichero con nombre “Grabación Comunic. Telefon. Policía” en el Registro General de Protección de Datos, asignándole el código de inscripción nº 20412600100, con las siguientes características:

    RESPONSABLE DEL FICHERO:Ayuntamiento de Miranda de Ebro; Concejalía Delegada de Seguridad Ciudadana; Policía Local

    DIRECCIóN: Jefatura de la Policía Local – Ctra. Fuentecaliente, s/n – 09200 Miranda de Ebro (Burgos)

    NOMBRE Y DESCRIPCIóN DEL FICHERO: Grabación Comunic. Telefon. Policía.

    Fichero de voz proveniente de la grabación digital informatizada de las comunicaciones telefónicas con la Policía Local de Miranda de Ebro

    FINALIDAD DEL FICHERO Y USOS PREVISTOS PARA EL MISMO: Recogida, mediante un sistema de grabación digital de voz, de las comunicaciones telefónicas realizadas con los teléfonos de emergencia policial 092 (947 347 053) y otros de atención al público adscritos a la Policía Local (947 310 489 y 947 349 114), afectando a las comunicaciones entrantes y salientes, teniendo como objetivo la recogida y tratamiento de las informaciones y datos facilitados telefónicamente y que puedan resultar necesarios o de interés para la prevención de un peligro real para la seguridad pública, para la investigación de posibles hechos delictivos e infracciones penales y para el cumplimeinto de las funciones y requerimientos establecidos reglamentariamente para la Policía Local u ordenados por la Autoridad competente

    PERSONAS O COLECTIVOS SOBRE LOS QUE SE PRETENDA OBTENER DATOS DE CARáCTER PERSONAL: Ciudadanos y personas usuarias del teléfono de emergencia policial 092 (947 347 053) y de los teléfonos de atención al público adscritos a la Policía Local de Miranda de Ebro (947 310 489 y 947 349 114).

    NIVEL DE SEGURIDAD: Alto

    DISPOSICIóN REGULADORA: Boletín Oficial de la Provincia nº 74, de fecha 20/04/2004

    En la actualidad, la grabación de llamadas telefónicas afecta exclusivamente a los teléfonos 947 347 053 (092) y 947 310 489.

     

     

     

     

    Contacto:

    092 / 947 31 04 89

    Ctra. de Fuentecaliente, s/n

    -09200- MIRANDA DE EBRO (Burgos)

    policialocal@mirandadeebro.es

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