El Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, en su Título I, Capítulo VI, aborda el derecho al trabajo de las personas con discapacidad en condiciones que garanticen la aplicación de los principios de igualdad de trato y no discriminación, estableciendo que será finalidad de la política de empleo aumentar las tasas de actividad y de ocupación e inserción laboral de las personas con discapacidad, así como mejorar la calidad del empleo y dignificar sus condiciones de trabajo, combatiendo activamente su discriminación.
El Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, establece disposiciones comunes relativas entre otras al Fondo Social Europeo, sentando que la ejecución de los Fondos Estructurales se llevarán a cabo a través de programas cuyo contenido en cuanto a estrategias, objetivos e indicadores responde a los requisitos que debe contener un Plan estratégico de subvenciones. El Programa Operativo de Castilla y León 2014-2020, cofinanciado por el FSE en un 50%, tiene la naturaleza de Plan sectorial y por ello la consideración de Plan estratégico de subvenciones en los términos establecidos en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 4 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.
Este programa operativo de Castilla y León 2014-2020 ha permitido al Ayuntamiento de Miranda de Ebro contratar durante 90 días, a una persona desempleada con una discapacidad igual o superior al 33 por ciento, para la realización de obras de interés público y utilidad social con la categoría de conserje. El contrato dio inicio el día 29 de septiembre de 2021, y se enmarcan dentro del programa ELEX 2021.
Las contrataciones se realizan al amparo de la ORDEN EMP/475/2017, de 13 de junio, modificada por la Orden EEI/398/2020, de 12 de mayo.