Mediante la Orden MAV/743/2023, de 5 de junio, por la que se fija la época de peligro alto de incendios forestales en la Comunidad de Castilla y León, la Junta de Castilla y León ha declarado desde 12 de junio hasta 12 de octubre de 2023 la Época de Peligro Alto de Incendios Forestales. Serán de aplicación las medidas para la prevención de incendios forestales establecidas en la Orden FYM/510/2013 de 25 de junio, por la que se regula el uso del fuego y se establecen medidas preventivas para la lucha contra incendios forestales en Castilla y León (o norma que la modifique o derogue).
Cabe recordar que, aún habiendo autorización municipal para la realización de la hoguera, no se podrá hacer uso de fuego para la actividad indicada durante los periodos en los que se haya declarado situación de ALERTA, ALARMA O ALARMA EXTREMA por riesgo meteorológico de incendios forestales en caso de Resolución de la Dirección General competente en materia de Incendios Forestales de la Junta de Castilla y León.
Esto implica que si el mismo día 23 de junio la Junta de Castilla y León declarara situación de alerta, alarma o alarma extrema a través de la pertinente resolución, ninguna hoguera podrá ser encendida, o tendrá que ser apagada, en el momento en el que se comunique la resolución.
Por otro lado, Bomberos, Policía Local o los Agentes Medioambientales podrán suspender el uso objeto de esta autorización en caso de apreciar incumplimiento que supongan un riesgo grave de incendio forestal.
MEDIDAS DE SEGURIDAD: Siempre que esté permitida la utilización de fuego para la celebración de las “Hogueras de la noche de San Juan”, la entidad organizadora deberá adoptar las siguientes medidas de seguridad:
1. Cada hoguera deberá tener un responsable localizado que controlará el cumplimiento de las presentes medidas de seguridad.
2. Se deberá pedir permiso al Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento para la ubicación de la hoguera solicitada.
3. La hoguera debe disponer conforme a los siguientes criterios:
• Se hará en una zona autorizada.
• Nunca se colocará bajo ningún tipo de cable aéreo.
• El material combustible que se apile como hoguera para ser quemado la noche de San Juan se colocará en zona aislada y suficientemente alejado de edificios, vías de circulación, zonas arboladas u otros elementos a los que el calor de radiación o humo puedan afectar.
• La distancia a estos elementos será de un mínimo de 20 metros y se incrementará en razón del tamaño del material apilado, considerando como distancia de seguridad 10 veces la altura o el diámetro del material apilado, y tomando esta distancia si es superior a 20 metros.
4. Asegurarse de que en ese radio de acción no exista en su vertical luces ornamentales, lonas, carteles, copas de árboles, etc…
5. Asegurarse de que no existe ningún vehículo a una distancia inferior a 20 metros
6. No quemar hojas, papel, combustible fino… cuyas pavesas puedan ser transportadas por la columna de humo, que afecte a viviendas, naves u otro tipo de instalaciones colindantes u ocasione falta de visibilidad a los conductores de vehículos.
7. La hoguera no se encenderá con vientos fuertes (superior a 30km/h) y no se utilizará material pirotécnico. Será necesario mantener su vigilancia mientas dure el fuego de las mismas.
8. Todas las hogueras serán revisadas por el Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento Municipal y se atenderá a sus indicaciones.
9. Desde el Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento Municipal se les indicará una hora de comienzo de la quema de la hoguera, para que se pueda hacer en presencia de efectivos y vehículos de este Servicio.
10. Concluido el evento, asegurarse de que el fuego y las brasas estén totalmente apagados antes de ausentarse.
OTRAS INDICACIONES:
1. El responsable de la actividad debe estar localizable en el teléfono de la solicitud.
2. No se pueden hacer descargas de camiones en la hoguera. En caso de producirse, Policía las denunciará como vertido ilegal.
3. La descarga por furgoneta tiene que estar supervisada por el responsable.
4. Sólo se puede verter madera limpia (no derribos, no plásticos, no herrajes)
5. No puede haber colchones, sofás ni similares.
6. La retirada de elementos ajenos a la hoguera es responsabilidad del solicitante.
7. Tiene que estar hecha/construida por la mañana del día 23 de junio, cuando se realizará la revisión final por parte del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento Municipal.
8. El responsable debe permanecer “in situ” hasta que se acabe de quemar todo el material.