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RENOVACIÓN INSCRIPCIÓN PADRONAL EXTRANJEROS NO COMUNITARIOS

Descripcion:

RENOVACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN PADRONAL PARA EXTRANJEROS NO COMUNITARIOS SIN AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA PERMANENTE

Esta renovación hay que realizar cada dos años mientras se continúa residiendo en el municipio


Documentacion:
  • Solicitud en modelo oficial (se facilita en el SAC)
  • Documento de identidad del o de la solicitante
  • En caso de menores, documento que acredite la representación

Lugar:Servicio de Atención Ciudadana
Solicitante:Extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no tengan renovada la inscripción en los últimos dos años.
Normativa:
  • Ley 7/1985, de 2 de abril. Artículo 16.1, 2º párrafo.
  • Resolución de 28 de abril de 2005, del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Local.

Observaciones:
  • En el Padrón de Habitantes se realiza un movimiento de tipo RN. Para que lo admita el programa hay que variar alguno de los datos del registro.
  • Si se hay que realizar cualquier otro cambio, como añadir el número de tarjeta de residencia, teléfono, o incluso un cambio de domicilio, se hace todo en el movimiento RN para que al INE le llegue sólo un movimiento.
  • Si se trata de una familia, el movimiento RN se anota a cada uno de los miembros.
  • Cuando se trate de menores, el documento de solicitud ha de contener la autorización del padre, madre o representante legal.
  • Los documentos asociado en el programa son:
  1.  IPOB101-Solicitud renovación padronal extranjeros No Com. (normal)
  2. IPOB101-Solicitud renovación padronal extr. No Com. Rep (con representante)
  • La solicitud se registra de entrada. Si se solicita por varios miembros de una familia basta con registrar una de las solicitudes y asignar el mismo número de entrada a todas las demás.

Contacto:

Servicio de Atención Ciudadana

Teléfono 010

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