Descripcion:
RENOVACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN PADRONAL PARA EXTRANJEROS NO COMUNITARIOS SIN AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA PERMANENTE
Esta renovación hay que realizar cada dos años mientras se continúa residiendo en el municipio
Documentacion:
- Solicitud en modelo oficial (se facilita en el SAC)
- Documento de identidad del o de la solicitante
- En caso de menores, documento que acredite la representación
Lugar:Servicio de Atención Ciudadana
Solicitante:Extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no tengan renovada la inscripción en los últimos dos años.
Normativa:
- Ley 7/1985, de 2 de abril. Artículo 16.1, 2º párrafo.
- Resolución de 28 de abril de 2005, del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Local.
Observaciones:
- En el Padrón de Habitantes se realiza un movimiento de tipo RN. Para que lo admita el programa hay que variar alguno de los datos del registro.
- Si se hay que realizar cualquier otro cambio, como añadir el número de tarjeta de residencia, teléfono, o incluso un cambio de domicilio, se hace todo en el movimiento RN para que al INE le llegue sólo un movimiento.
- Si se trata de una familia, el movimiento RN se anota a cada uno de los miembros.
- Cuando se trate de menores, el documento de solicitud ha de contener la autorización del padre, madre o representante legal.
- Los documentos asociado en el programa son:
- IPOB101-Solicitud renovación padronal extranjeros No Com. (normal)
- IPOB101-Solicitud renovación padronal extr. No Com. Rep (con representante)
- La solicitud se registra de entrada. Si se solicita por varios miembros de una familia basta con registrar una de las solicitudes y asignar el mismo número de entrada a todas las demás.
Contacto:
Servicio de Atención Ciudadana
Teléfono 010