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RECLAMACIÓN POR RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL AYUNTAMIENTO

Descripcion:

Reclamaciones por responsabilidad municipal en el funcionamiento de los servicios

públicos.


Documentacion:

Solicitud o instancia normalizada con el siguiente detalle:.

1:- Datos personales (nombre y apellidos, D.N.I., domicilio y teléfono de contacto).

2:-Relación y circunstancias de los hechos.

3:-Relación de causa-efecto entre el servicio municipal y los daños sufridos.

4:-Evaluación económica de la responsabilidad municipal, si en ese momento

fuera posible.

5:-Documentos y alegaciones que se estimen oportunos.

6:-Proposición de medios de prueba (testigos, fotografias, documentos,etc.).


Lugar:

Servicio de Atención Ciudadana


Solicitante:Personas físicas o jurídicas.
Normativa:

Arts. 139 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre y R.D. 429/93, de 26 de marzo.


Observaciones:

  • Si los daños han sido causados por un contratista (grúa, obras, etc.) el Ayuntamiento se limitará a declarar, en su caso, la responsabilidad del contratista, sin que le pueda obligar a satisfacer el importe de los daños.
  • El plazo de reclamación es de un año desde que se produjo el hecho o el acto que motive la indemnización. En caso de daños físicos o psíquicos, el plazo se computa desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas.
  • El plazo máximo de resolución es de 6 meses desde la presentación de la reclamación o admisión a trámite (tras la subsanación de las carencias observadas, si es el caso).

Contacto:

Servicio de Atención Ciudadana (SAC)

Servicio telefonico 010

 

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