Descripcion:
Hacer efectivo el pago de multas por sanciones derivadas de infracciones de tráfico, cuya competencia sancionadora corresponda a la Alcaldia.
Documentacion:
El importe de la sanción podrá hacerse efectivo en el Área Administrativa de la Policía Local o bien remitir su importe por giro postal (ver apartado lugar y horario de entrega), indicando en el apartado «texto» del impreso los siguientes datos:
Número de expediente.
Fecha de la denuncia.
Matrícula del vehículo.
Lugar:
Presencial
POLICÍA LOCAL
Area administrativa de Denuncias
Lunes a viern Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico,Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (B.O.E. nº63, de 14 de marzo de 1990). Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se qprueba el Reglamento General de Circulación (B.O.E.nº306, de 23 de diciembre de 2003). Real Decreto 320/1994 de 25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento Sancionador en Materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (B.O.E. nº85, de 21 de abril de 1994). Instrucción de la Alcaldía Presidencia de fecha 23 de enero de 2002, por la que se fijan las cuantias de las sanciones por infracción de tráfico cuya competencia sancionadora sea de la Alcaldía. Servicio de Atención Ciudadana (SAC) Servicio telefónico 010
Solicitante:Personas físicas o jurídicas interesadas.
Normativa:
Observaciones:
Contacto: