Descripcion: Realizar declaraciones a fin de comunicar a la Adminsitración las alteraciones que se señalan a continuación. –
- MODELO 901-N .- Alteración de la titularidad y variación de la cuota de participación en bienes inmuebles URBANOS Y RÚSTICOS.
- Adquisición o consolidación de la propiedad de un bien inmueble URBANO Ó RÚSTICO.
- Constitución, modificación o adquisición de de un derecho real de superficie o usufructo u otro derecho real de disfrute, o de una concesión administrativa.
- Variación en la composición interna o en la cuota de participación de comunidades o entidades sin personalidad jurídica.
- Variación en la cuota de participación de los cónyuges en bienes o derechos comunes. PUEDE AMPLIAR INFORMACIÓN Y VER DOCUMENTACIÓN NECESARIA EN ESTE ENLACE: http://www.catastro.meh.es/esp/procedimientos/declaraciones/901N.asp
Nota: Si se tiene más de un bien, se presentará junto con el ANEXO.
- MODELO 902-N .- Nueva construcción, ampliación, reforma o rehabilitación de bienes inmuebles.
- Nueva construcción, ampliación, rehabilitación, reforma
- Podrá declararse la división horizontal y las modificaciones de titularidad relacionadas con las alteraciones anteriores.
- PUEDE AMPLIAR INFORMACIÓN Y VER DOCUMENTACIÓN NECESARIA EN ESTE ENLACE: http://www.catastro.meh.es/esp/procedimientos/declaraciones/902N.asp
- DESCARGAR MODELO en sl siguiente enlace: http://www.catastro.meh.es/pdf/904N.pdf. (Formulario en formato pdf para rellenar e imprimir)
- Cambio de clase de cultivo o aprovechamiento.
- Cambio de uso.
- Demolición o derribo.
- PUEDE AMPLIAR INFORMACIÓN Y VER DOCUMENTACIÓN NECESARIA EN ESTE ENLACE :http://www.catastro.meh.es/esp/procedimientos/declaraciones/904N.asp
- ANEXO .- Relación de Bienes Inmuebles. (URBANOS ó RÚSTICOS)
- DESCARGAR ANEXO en el siguiente enlace: http://www.catastro.meh.es/pdf/anexo.pdf. (Formulario en formato pdf para rellenar e imprimir)
Documentacion:
VER INFORMACIÓN EN EL DETALLE DE CADA MODELO.
Los impresos se pueden obtener gratuitamente en las Gerencias o Subgerencias del Catastro, en las Delegaciones del Ministerio de Economía y Hacienda, en Ayuntamientos colaboradores y en la página web del Catastro.
Lugar:
- En las Gerencias, Subgerencias o Unidades locales del Catastro o las Delegaciones de Economía y Hacienda en que se integran.
- En los demás órganos y oficinas que se relacionan en el artículo 38.4 de la Lay 30/1992, de 26 de noviembre, d
Solicitante:Personas físicas o jurídicas propietarias de los bienes objeto de alteración.
Normativa:- Texto parcial del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo. (BOE núm 59 de 9 de marzo de 2004).
- Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario. (BOE núm 58 de 8 de marzo de 2004).
Observaciones:Plazo de solicitud
La declaración deberá presentarse en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la fecha de la escritura pública o, en su caso, documento en que se formalice la alteración.
Carácter del silencio administrativo:
En el supuesto de estar obligado a presentar una declaración, su omisión, conlleva que el expediente pase a inspección tributaria con los características dispuestas en el RDL 1/2004 de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (BOE nº 58 de 8 de marzo de 2004).
Importante
EL MODELO 901-N para bienes inmuebles urbanos: no se obliga a su presentación si se cumplen los siguientes requisitos:
1) Que el acto o negocio se formalice en escritura pública o bien se tenga solicitada su inscripción en el Registro de la Propiedad, en el plazo de dos meses desde la fecha del acto o negocio de que se trate.
2) Que se haya acreditado la referencia catastral del inmueble mediante alguno de los siguientes medios: último recibo de IBI o certificado expedido por la Gerencia del Catastro.
Las declaraciones son gratuitas. De acuerdo con laLey 4/2004, de 29 de diciembre, se suprime la tasa de inscripción catastral.
Contacto:Servicio de Atención Ciudadana (SAC)
Servicio Telefónico 010