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LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS

Descripcion: Liquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
Documentacion:

La aportada al solicitar la licencia de obras. La liquidación del impuesto se practica sobre el coste de ejecución material de la obra.


Lugar:

La liquidación se practica en la tramitación del expediente de concesión de la licencia de obras.


Solicitante:Personas físicas o jurídicas interesadas que tengan concedida licencia municipal de obras.
Normativa:

La Legislación aplicable más frecuente es:

  • Reglamento urbanístico de Castilla y León (Decreto 22/2004 de 29 de Enero)
  • Ley de urbanismo de Castilla y León de 5/1999 de 8 de abril
  • Ley 4/1999 de 13 de enero, que modifica la ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
  • Ordenanzas Municipales de Edificación
  • Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Construciones, Instalaciones y Obras.

Observaciones:La liquidación de este impuesto tiene su origen en la tramitación de un expediente por concesión de licencia para la realización dentro del término municipal de Miranda de Ebro de cualquier construcción, instalación u obra sujeta a la mencionada licencia.
Contacto:

Servicio de Atención Ciudadana (SAC)

Servicio telefónico 010

 

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