Calendario Fiestas Laborales
El Consejo de Gobierno ha aprobado, a propuesta de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, el Decreto por el que se establece el calendario de fiestas laborales en el ámbito territorial de la Comunidad para el año 2024.
La Junta de Castilla y León ha establecido el calendario de fiestas para 2024 con el apoyo unánime de los agentes económicos y sociales, en atención al sistema productivo, las demandas sociales y el respeto a las fiestas tradicionales de Castilla y León. Las fiestas laborales, con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad para el próximo año son:
- 1 de enero, Año Nuevo.
- 6 de enero, Epifanía del Señor.
- 28 de marzo, Jueves Santo.
- 29 de marzo, Viernes Santo.
- 23 de abril, Fiesta de la Comunidad Autónoma.
- 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
- 15 de agosto, Asunción de la Virgen.
- 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
- 1 de noviembre, Todos los Santos.
- 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
- 8 de diciembre, Inmaculada Concepción. Se traslada al lunes 9.
- 25 de diciembre, Natividad del Señor.
Este calendario se establece sin perjuicio de las dos fiestas de carácter local, que deberán acordarse para cada municipio por la autoridad laboral competente, hasta alcanzar 14 fiestas laborales.
FIESTAS LOCALES
- 20 de mayo, San Juan del Monte
- 12 de septiembre, Nuestra Señora de Altamira
LA JUNTA APRUEBA EL CALENDARIO DE FIESTAS LABORALES EN CASTILLA Y LEÓN PARA EL AÑO 2025
El Consejo de Gobierno ha aprobado, a propuesta de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, el decreto que establece el calendario de fiestas laborales en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para el año 2025. El calendario incorpora el traslado al lunes de la festividad del 12 de octubre, Fiesta Nacional de España, al coincidir en domingo.
La Junta de Castilla y León ha fijado el calendario de fiestas laborales para el próximo año en la Comunidad, contando con el apoyo unánime de los agentes económicos y sociales representados en el Consejo Regional de Trabajo.
Así mismo, para la elaboración del calendario se ha tenido en cuenta el respeto a las fiestas tradicionales de Castilla y León y se han efectuado los trámites de participación, audiencia e información pública correspondientes, sin que se haya registrado ninguna objeción a la propuesta de la Consejería.
Cumplidos con todos los trámites, y recabados los informes necesarios, las fiestas laborales, con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad para el próximo año son:
- 1 de enero, Año Nuevo.
- 6 de enero, Epifanía del Señor.
- 17 de abril, Jueves Santo.
- 18 de abril, Viernes Santo.
- 23 de abril, Fiesta de la Comunidad Autónoma.
- 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
- 15 de agosto, Asunción de la Virgen.
- 12 de octubre, Fiesta Nacional de España, trasladada al lunes 13 de octubre
- 1 de noviembre, Todos los Santos.
- 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
- 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
- 25 de diciembre, Natividad del Señor.
Cabe destacar que, al coincidir en domingo, la festividad del día 12 octubre (Fiesta Nacional de España) se traslada al lunes 13, haciendo uso de la facultad que establece la normativa vigente, y con el consenso de los agentes que han participado en la toma de decisión.
En total son 12 las fiestas laborales que recoge el calendario aprobado hoy para toda la Comunidad, sin perjuicio de las dos fiestas de carácter local, que corresponde establecer a cada uno de los municipios de Castilla y León, hasta completar un total de 14 fiestas laborales.
FIESTAS LOCALES
- 9 de junio, San Juan del Monte
- 12 de septiembre, Nuestra Señora de Altamira