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Abierto el plazo de solicitud de becas para libros y material de Infantil

Abierto el plazo de solicitud de becas para libros y material de Infantil

Los requisitos a cumplir por parte de las personas beneficiarias son:

        1. Podrán beneficiarse de estas ayudas el padre, madre o tutor legal del alumnado  que vaya a cursos educación infantil, siempre que concurran las siguientes circunstancias:

    Que las rentas obtenidas por los miembros de la unidad familiar sean inferiores a 2,5 veces el IPREM, 18.798,97€ (calculado en 14 pagas) en el momento de la solicitud.
    Que el alumnado no disfrute ayuda para esta finalidad con cargo a otras Administraciones.
    Empadronamiento en Miranda de Ebro con al menos 6 meses de antelación a la solicitud.

        2. La renta familiar a los efectos de esta convocatoria se obtendrá por agregación de las rentas en el momento que se inicie el procedimiento. Se computarán los ingresos netos cualquiera que sea su procedencia, cuenta ajena, por cuenta propia, elementos patrimoniales, pensiones, prestaciones y cualquier otro subsidio público periódico que perciba, pensiones compensatorias y de alimentos, así como los que obtenga como consecuencia de una alteración del  patrimonio de las personas interesadas.

        3. Las personas interesadas  deberán documentar fehacientemente su situación económica a través de la copia de la nómina salarial, certificado del INSS y/o SEPE, o Junta de Castilla y León, en su defecto declaración jurada de ingresos.

        4. Para aquellos casos en los que no se declare ingresos económicos, a efectos de cómputo, se tendrá en cuenta la declaración del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas del último ejercicio cerrado, para las familias que presentan IRPF será el resultado de sumar la base imponible general con la base imponible del ahorro, excluyendo los saldos netos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales, así como el saldo neto negativo de los rendimientos del capital mobiliario. Para unidades familiares o miembros computables que obtengan ingresos propios y/o no hayan presentado declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se procederá de forma equivalente a lo indicado anteriormente y a las imputaciones íntegras se les restarán los gastos y deducciones del trabajo.

    Por otro lado, la cuantía a subvencionar no superará el 80% del coste de los libros y/o material escolar según curso y centro escolar.

SOLICITUDES:
   
    Las solicitudes estarán disponibles en el Centro Cívico “Raimundo Porres” sito en Avenida República Argentina nº 93, en horario de apertura del centro, así como en la página web municipal.

    Horario Centro Cívico: Hasta el 15 de septiembre de 8:00 a 15:00 horas de lunes a viernes. A partir del 16 de lunes a sábados de 9:00 a 14:00 horas y de 17:00 a 21:00 horas.

    Se presentarán en el Servicio de Atención Ciudadana (SAC) de Plaza España, previa cita o a través de sede electrónica, hasta el 30 de septiembre.
   

DOCUMENTACIÓN A  APORTAR:

Fotocopia del D.N.I/ N.I.E, en vigor, de todos los miembros de la unidad familiar, o libro de familia en caso de menores de edad sin D.N.I/N.I.E. En su defecto, pasaporte o tarjeta de identidad del país de origen de todos los miembros de unidad familiar.

Certificado actual de ingresos de todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad mediante; nóminas salariales (cuenta ajena), declaración de IVA e IRPF (cuenta propia).

Certificado de vida laboral de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años que no cursen formación reglada.

En caso de tener derecho a prestación de alimentos o compensatoria documento acreditativo de reclamación de alimentos (sentencia judicial o demanda judicial si estuviera en trámite procesal).

En caso de no aportar documentación específica de ingresos, declaración responsable sobre ellos.

En caso de tutela judicial, sentencia judicial que acredite el nombramiento del tutor/a.

En caso de separación judicial/ divorcio / disolución de la pareja de hecho, sentencia judicial y/ o convenio regulador que acredite la guarda y custodia de los y las menores.

En el caso de ser víctima de violencia de género, se deberá acreditar esta situación a través a alguno de los medios fijados (sentencia, orden de alejamiento o informe emitido por servicios sociales)

Cualquier otra que se estime oportuna.

En caso de NO autorizar a la obtención de datos a otras administraciones públicas (Instituto Nacional de la Seguridad Social- INSS o del Servicio Estatal u autonómico de empleo-SEPE/ECYL) certificado de pensión prestación o subsidio que perciba cada uno de los componentes de la unidad familiar expedido por la empresa u organismo competente, de aquellos miembros de la unidad familiar mayores de 16 años que no se encuentren cursando estudios o realizando actividad laboral.

Declaración del IRPF más reciente en función de la solicitud, en su defecto, certificado negativo emitido por la Agencia Tributaria donde se acredite no tener obligación de declarar (podrá sustituirse por autorización firmada por las personas mayores de edad de la unidad familiar o de convivencia para que el Ayuntamiento recabe los datos fiscales).

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