El Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, establece disposiciones comunes relativas, entre otros, al Fondo Social Europeo, indicando que la ejecución de los Fondos Estructurales se lleve a cabo a través de programas cuyo contenido en cuanto a estrategias, objetivos e indicadores deban estar implementados en los Planes estratégicos de subvenciones.
El Programa Operativo de Castilla y León 2014-2020, cofinanciado por el FSE en un 50%, tiene la naturaleza de Plan sectorial y por ello la consideración de Plan estratégico de subvenciones en los términos establecidos en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 4 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.
La II Estrategia Integrada de Empleo, Formación Profesional, Prevención de Riesgos Laborales e Igualdad y Conciliación en el Empleo 2016-2020, aprobada mediante Acuerdo del Consejo del Diálogo Social de 27 de enero de 2016, tiene como objetivo principal adoptar cuantas medidas sean necesarias para incrementar los niveles de ocupación, el descenso del desempleo, así como a mejorar los niveles de cualificación, de empleabilidad, de igualdad y de protección de las personas desempleadas, en especial la de aquellos colectivos con mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo.
La cooperación económica se realiza con cargo al programa operativo de Castilla y León 2016-2020, y ha permitido al Ayuntamiento de Miranda de Ebro contratar temporalmente a dos personas con discapacidad en situación de desempleo durante al menos 90 días, para la realización de obras y servicios de interés público y utilidad social a 1 Auxiliar Administrativo y a 1 Conserje/a. Los contratos dieron inicio el día 2 de septiembre de 2019.
Las contrataciones se realizan al amparo de ORDEN EMP/475/2017, de 13 de junio y tras Resolución del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León de fecha 9 de julio de 2019.