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Nivel de alerta 2 para Castilla y León

Nivel de alerta 2 para Castilla y León

El presente acuerdo producirá efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León y mantendrá su eficacia mientras subsista la situación de riesgo que ha motivado la declaración del nivel de alerta 2.

A los efectos de evaluar el riesgo sanitario y la proporcionalidad de las medidas aplicadas, se realizará un seguimiento continuo de la situación epidemiológica por parte de la Consejería de Sanidad, que informará cada 14 días, a la Junta de Castilla y León, sobre la necesidad de mantener, ampliar o reducir el nivel de alerta declarado.

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