– antes del día 10 de enero: cambios de empadronamiento o domicilio. Modificación de números de cuenta. Los empadronados/as en municipios del partido judicial deben acreditar el empadronamiento cada año antes del día 10 de enero del año en el que ha de surtir efecto la tarifa.
– Antes de 30 de diciembre: para los socios/as acogidos a tarifas reducidas es imprescindible estar empadronado/a, tener el recibo domiciliado y aportar la siguiente documentación:
§ Familia numerosa: fotocopia del título y declaración de la renta.
§ Rentas bajas: nómina salarial, certificado del INSS y certificado del SEPE.
§ Personas con discapacidad: certificado de discapacidad de 33% o superior.
Para comodidad de los socios/as, se puede domiciliar el pago para los próximos años, obteniendo con ello un 5% de descuento.
El plazo para darse de baja es el día 30 de diciembre del ejercicio corriente, surtiendo efecto para el ejercicio siguiente.