Descripcion: Beneficiarse de las bonificaciones a aplicar en el pago de tasas de agua, basura y alcantarillado.
Documentacion:
- Solicitud o instancia normalizada.
Si el o la solicitante hace declaración de la renta:
- Modelo de autorización para recabar datos de la Agencia Tributaria (se facilita en el SAC).
Si el o la solicitante no hace declaración de la renta:
- Modelo de autorización para recabar datos de la Agencia Tributaria (se facilita en el SAC)..
- Certificado de la Seguridad Social u organismo pagador que acredite los ingresos
Se ha de presentar documentación por todos y cada uno de los miembros de la unidad familiar mayores de edad.
Lugar:Servicio de Atención Ciudadana
Solicitante:Aquellas personas con determinados ingresos de la unidad familiar que deseen ser beneficiarios de las bonificaciones establecidas.
Normativa:
RD Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, art. 20.4 letras r), s) y t).
Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por Suministro Municipal de Agua.
Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por prestación del Servicio de Recogida de Basuras y resuduos sólidos urbanos.
Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por prestación del Servicio de Alcantarillado, así como del tratamiento y depuración de aguas residuales.
Observaciones:
- El plazo de tramitación es de tres meses.
- La bonificación se aplica sobre las tarifas mínimas.
- Se solicita durante el mes de enero de cada año.
- Se renueva de forma automática cada año.
- Está sujeto a inspección para verificar que se siguen cumpliento las condiciones en base a las que se concedió la bonificación.
Contacto:
Servicio de Atención Ciudadana (SAC)
Servicio telefónico 010