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BONIFICACIÓN DEL PAGO DE TASAS DE AGUA, BASURA Y ALCANTARILLADO

Descripcion: Beneficiarse de las bonificaciones a aplicar en el pago de tasas de agua, basura y alcantarillado.
Documentacion:

  • Solicitud o instancia normalizada.

Si el o la solicitante hace declaración de la renta:

  • Modelo de autorización para recabar datos de la Agencia Tributaria (se facilita en el SAC).

Si el o la solicitante no hace declaración de la renta:

  • Modelo de autorización para recabar datos de la Agencia Tributaria (se facilita en el SAC)..
  • Certificado de la Seguridad Social u organismo pagador que acredite los ingresos

Se ha de presentar documentación por todos y cada uno de los miembros de la unidad familiar mayores de edad.


Lugar:Servicio de Atención Ciudadana
Solicitante:Aquellas personas con determinados ingresos de la unidad familiar que deseen ser beneficiarios de las bonificaciones establecidas.
Normativa:

RD Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, art. 20.4 letras r), s) y t).

Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por Suministro Municipal de Agua.

Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por prestación del Servicio de Recogida de Basuras y resuduos sólidos urbanos.

Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por prestación del Servicio de Alcantarillado, así como del tratamiento y depuración de aguas residuales.


Observaciones:
  • El plazo de tramitación es de tres meses.
  • La bonificación se aplica sobre las tarifas mínimas.
  • Se solicita durante el mes de enero de cada año.
  • Se renueva de forma automática cada año.
  • Está sujeto a inspección para verificar que se siguen cumpliento las condiciones en base a las que se concedió la bonificación.

 


Contacto:

Servicio de Atención Ciudadana (SAC)

Servicio telefónico 010

 

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