Descripcion: Autorizar la reducción de restos e inhumación de nuevo cadáver.
Documentacion:
- Solicitud o instancia normalizada de reducción de restos e inhumación en la que conste el nombre de las dos personas fallecidas.
- Título para acreditar derechos de enterramiento (dos fotocopia selladas, fechadas y firmadas, una se une a la instancia, otra se entrega al o a la solicitante). Si no dispone del título original (extravío, desconocimiento de su paradero, etc.) debe aportar una diligencia de la Sección Técnica de Mantenimiento de Edificios e Instalaciones.
- El SAC cumplimenta la solicitud (3 ejemplares) y practica liquidación de tasas (ver observaciones).
Lugar:Servicio de Atención Ciudadana
Solicitante:Personas físicas interesadas
Normativa:
- Normas que rigen los Cementerios Municipales de Miranda de Ebro.
- Ordenanda Fiscal reguladora de la Tasa por prestación de Servicios en los Cementerios Municipales.
Observaciones:
- En el cementerio hay que presentar la fotocopia sellada, fechada y firmada del título, el justificante de pago de las tasas correspondientes y la instancia de solicitud.
- Liquidación de tasas:
- Si el enterramiento lo realizan los Servicios Funerarios de Miranda, se liquida la tarifa 4 letra B «Exhumaciones, traslados y reducción de restos» y la TASA correspondiente.
- Si el cadáver viene directamente al cementerio desde otro municipio y no intervienen los Servicios Funerarios de Miranda, se liquida ADEMÁS la tarifa 3 letra A «Inhumaciones o enterramientos de féretros y residuos de incinerasiones» y la TASA correspondiente. (Este supuesto es excepcional y conviene confirmarlo).
- Si el fallecido es el titular del nicho, la familia deberá solicitar el cambio de la titularidad en el plazo de un año.
Contacto:
Servicio de Atención Ciudadana (SAC)
Servicio telefónico 010