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SOLICITUD DE LICENCIA DE PRIMERA OCUPACIÓN

Descripcion:

Será necesario obtener licencia de primera ocupación para utilizar los edificios o instalaciones que hayan sido objeto de licencia de obras de nueva edificación, reestructuración total o redistribución. Independientemente, se solicitará licencia ambiental y apertura cuando los usos a desarrollar lo requieran.

  • La licencia de primera ocupación tiene por finalidad:
  • a) Comprobar que el edificio construido y la urbanización realizada simultáneamente, en su caso, se han realizado con arreglo al proyecto técnico y la licencia urbanística concedida en su día

    b) Comprobar que lo construido reúne las condiciones de habitabilidad e higiene.
    c) Confirmar que el edificio puede destinarse a determinado uso.
    d) Confirmar que el constructor haya repuesto, en caso de daños producidos, los elementos y equipamiento urbanístico afectados.
    e) Comprobar que se han cumplido, en su caso, los deberes urbanísticos.

Documentacion:

  • Solicitud o instancia normalizada, en la que conste:
    • Nombre, apellidos, N.I.F., domicilio fiscal y teléfono de contacto del o de la solicitante, y de su representante legal cuando se trate de persona jurídica.
    • Identificacióin de la finca sobre la que se pretende actuar, indicando dirección completa, piso, puerta, o en su caso parcela (plano de situación).
  • Certificado de Fin de obra firmado por el Técnico o Técnicos Directores de las obras y de Ejecución, en el que se justifique la adecuación a los términos de la licencia, conforme a lo establecido en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
  • Cuando las obras de edificación se hayan simultaneado con obras de urbanización se presentará asimismo el correspondiente Certificado de Fin de obra correspondiente a la urbanización.
  • Documento acreditativo de haber dado de alta lo construido en el Impuesto de Bienes Inmuebles (modelo 902 de declaración de alteración de Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, cuya presentación se facilita, de ser preciso, en la Sección de Tributos de este Ayuntamiento), y haber cumplido, en su caso, con los requisitos establecidos en normas ajenas a las de desarrollo del P.G.O.U.
  • Resumen del Presupuesto actualizado.

Lugar:Servicio de Atención Ciudadana
Solicitante:Personas físicas o jurídicas interesadas.
Normativa:

La Legislación aplicable más frecuente es:

  • Relamento urbanístico de Castilla y León (Decreto de 22/2004 de 29 de enero).
  • Ley 4/1999 de 13 de enero, que modifica la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  • Ordenanzas Municipales de Edificación.

Observaciones:

Las licencias de primera ocupación se tramitan con arreglo al procedimiento de obra menor y se conceden por Decreto de la Alcaldía.

Contacto:

Servicio de Atención Ciudadana (SAC)

Servicio telefónico 010

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