Descripcion: Obtener la declaración de ruina de un inmueble.
Documentacion:
- Escrito de solicitud o instancia normalizada.
- Justificante de abono en CAJA de la tasa correspondiente (basta la validación mecánica en la propia solicitud).
- Certificado, expedido por facultativo competente, en el que se justifique la causa de instar la declaración de ruina y el estado físico del inmueble; debe acreditarse igualmente si en el momento de la petición el edificio reúne condiciones de seguridad y habitabilidad suficientes que permitan a sus ocupantes la permanencia en él hasta que se adopte el acuerdo que proceda.
- Si el que solicita la declaración de ruina es propietario/a del inmueble, acreditará también su titularidad.
- Relación de moradores, cualquiera que fuese el título de posesión del solicitante, así como titulares de derechos reales sobre el inmueble, si los hubiere.
Lugar:Servicio de Atención Ciudadana
Solicitante:Personas física o jurídicas interesadas.
Normativa:
La Legislación aplicable más frecuente es:
- Relamento urbanístico de Castilla y León (Decreto de 22/2004 de 29 de enero).
- Ley 4/1999 de 13 de enero, que modifica la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- Ordenanzas Municipales de Edificación.
- Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos Administrativos.
Observaciones:
Si se considera conveniente por el objeto de la solicitud, el SAC gestiona cita personal con el Arquitecto Municipal.
Contacto:
Servicio de Atención Ciudadana (SAC)
Servicio telefónico 010