CIERTO «portavoz de la Policía Nacional, Elisa Rebolo»
– Lo primero que hay que evitar es dejar a los perros atados en cualquier establecimiento mientras se realizan compras, aunque estas sean rápidas. Desde la entrada en vigor de la Ley de bienestar animal «puede suponer una multa de hasta 10 mil euros».
– Un perro no puede quedarse dentro de un vehículo «un momentito» en condiciones metereológicas que pongan en riesgo su vida.
– Dejar a los perros varios días solos en casa, aunque tengan agua y comida suficiente, también es ilegal ya que no pueden pasar más de 24 horas sin supervisión.
-Asimismo, dejarles «de forma permanente» en sótanos, patios, balcones, terrazas o similares constituye una «infracción grave».
– Además, hay que tener especial cuidado con el uso de «cualquier herramienta que pueda causar lesiones al animal» como collares eléctricos, que quedan totalmente prohibidos.
Demasidos bulos y desinformación
Ruth Manzanares, funcionaria de la Dirección General de Derechos de los Animales, que ha participado en la elaboración de la Ley de Protección y Bienestar Animal afirma: “Hay muchos bulos y falsas informaciones sobre la ley”, y pide a los profesionales veterinarios que informen a sus clientes y entorno de lo que es real. Destaca dos puntos especialmente importantes sobre la ley:
- El primero es sobre la propia entrada en vigor de la Ley de Bienestar Animal. “¿Significa que todo lo que viene en la ley es de inmediata aplicación a partir del 29 de septiembre? No: de todo aquello que implique desarrollo reglamentario, tenemos que esperar a los reglamentos que detallen los términos de cada artículo, y que serán los que habiliten la entrada en vigor de estas normas”, explica Ruth Manzanares. “Esto es muy importante en algunos aspectos, como por ejemplo el curso para tenencia de perros o el seguro, pero también para el registro de criadores y demás”.
- Otra cuestión importante de la nueva ley es la de qué animales van a estar permitidos como animales de compañía. “Ha habido muchísimos bulos y muchísimas informaciones que no se han transmitido con la corrección adecuada”, recuerda Ruth Manzanares, que quiere transmitir tranquilidad al respecto. “La Disposición Transitoria Quinta dice que, a fecha de entrada en vigor de la ley, todos los animales que fueran de compañía seguirán siendo de compañía, hasta que no existan los listados positivos”, apunta, “con lo cual cualquier persona que tenga un animal de los que habitualmente llamamos exóticos sabe que de momento sigue siendo animal de compañía, y que nunca se le va a quitar”. En este punto, Ruth Manzanares es categórica: “No se va a incautar ni se va a sacrificar ningún animal. Incluso si se publica el listado positivo y ese animal no quedará permitido, su dueño simplemente tendrá que tramitar una autorización administrativa para seguir teniéndolo”.