Queda terminantemente prohibido:
– Suministrar alimento en ubicaciones no permitidas. Policía local multará a toda aquella persona, con o sin acreditación, que alimente en zonas no autorizadas para ello.
– Dejar recipientes sucios en la colonia
– Alimentar en el suelo
– Alimentar en ubicaciones privadas o públicas de gestión privada (colegios, institutos, residencias de mayores, centros de salud…) sin autorización expresa
– Sustraer gatos de la colonia sin previa autorización del CeMBA o del Ayuntamiento
– Dar en adopción gatos comunitarios o domésticos sin previa autorización del CeMBA o del Ayuntamiento
Sanciones:
– Multa por alimentar en un lugar no autorizado, conforme a la ordenanza de protección del espacio público
– Retirada de la autorización
– No renovación de la autorización